Caso Quintero-Puchuncaví: SMA afirma que estudios que atribuyen responsabilidad a ENAP son “muy contundentes”

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A más de dos años de la masiva intoxicación vivida en la Bahía de Quintero y Puchuncaví, en agosto del 2018, una nueva arista se conoció sobre el caso, luego de que este jueves la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) decidiera abrir nuevamente la investigación y reformular cargos contra la empresa ENAP Refinerías S.A., titular del proyecto “Terminal Marítimo de Quintero”.

Según explicó el fiscalizador, la determinación obedece a los nuevos antecedentes recabados durante el último tiempo y tras los resultados obtenidos en dos estudios independientes solicitados a la Universidad Católica.

No obstante, durante la tarde la petrolera respondió a estas imputaciones, aseguró estar “sorprendida” con la decisión de la SMA y acusó al organismo de reabrir el caso “sólo con la finalidad de intentar atribuir nuevamente responsabilidad a ENAP”.

Asimismo, subrayó que “no tenemos responsabilidad alguna en los lamentables hechos ocurridos en Quintero y Puchuncaví, por lo cual nos encontramos evaluando el curso de acción para seguir defendiendo los intereses de ENAP”.

“Estudios son contundentes”

Al respecto, el superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, explicó a Emol que el objetivo es reiniciar el procedimiento sancionatorio contra la empresa, sustentado en la evidencia recabada en los estudios encomendados a la UC, uno toxicológico y otro sobre calidad del aire.

“Son estudios muy contundentes y finalmente nosotros basamos nuestra reformulación en los hechos que ahí se relevan”, subrayó la autoridad.

Agregó que “en este caso, con los antecedentes que teníamos nosotros, creemos que desde el punto de vista jurídico lo que corresponde es reformular los cargos y añadir las infracciones que nosotros detectamos durante todo este tiempo de investigación”.

También precisó que son siete los cargos que se le imputan a la empresa, y que la firma tiene 15 días hábiles para presentar sus descargos, a los que se le pueden añadir otros 7 días. En tanto, la SMA dispone de 180 días hábiles desde la formulación para cerrar la investigación y determinar si ameritan sanciones o no.

“Esta investigación la estamos llevando con mucha rigurosisdad. Aquí lo que amerita es tener toda la información disponible a la vista y es lo que está pidiendo la comunidad, y nosotros en eso nos estamos enfocando, en revelar los hechos que ocurrieron durante el 2018. Y así continuaremos durante la investigación, reforzaremos el rol técnico y de excelencia jurídica que tiene esta Superintendencia en realizar sus investigaciones y tomar sus decisiones”, acotó De La Maza.

Entre los cargos reformulados contra la petrolera se encuentran la elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por la aplicación de formaldehído como secuestrante y posterior drenaje de aguas oleosas en el Terminal de Quintero con este compuesto, sin autorización ambiental.

A esto se añade un segundo cargo de carácter gravísimo, que dice relación con no informar sobre estas acciones durante las actividades de fiscalización realizadas por la SMA.

Además se le acusa a la empresa de haber utilizado el sistema de tratamiento en condiciones distintas a lo aprobado en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en el marco de la mantención de los estanques T-5104 y T-5109.

Por último, se agregaron cuatro cargos por no informar a las autoridades sobre el cambio de generación de “Riles en el Terminal Marítimo, capacidad de estanques de almacenamiento sobre la autorizada ambientalmente, no proporcionar resultados de monitoreo de Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos (HAP) en la fauna bentónica y, superación del límite máximo permitido de descarga al mar para el parámetro hidrocarburos volátiles en julio de 2017”.

Respuestas incompletas

Justamente las dificultades para acceder a la información al momento de las fiscalizaciones es uno de los temas que concentra gran parte de los cargos presentados por la SMA contra ENAP.

Según el organismo, la empresa mostró poca disposición a entregar datos que debían haber sido comunicados desde un principio.

“Nosotros formulamos un cargo por no facilitar la fiscalización ambiental y no informar de hechos que eran relevantes para la investigación, como aquí se les solicita a todas las empresas cuando se fiscaliza. Hay que entender que la Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente establece un estándar que para las empresas es mayor a otros casos, en que se les exige una cooperación activa con la investigación”, indicó De La Maza.

Según la autoridad, “lo que nosotros confirmamos es que no se respondió de forma completa las preguntas que hicimos durante nuestras inspecciones y luego durante las fiscalizaciones que ocurrieron posteriormente”.

“Eso es lo que nosotros planteamos en nuestro cargo, que finalmente la empresa cuando nosotros le requerimos información debería haber informado estas acciones que eran relevantes y finalmente, como no lo hizo, y según está tipificado en la ley, al no informar esto corresponde una infracción gravísima y así lo hicimos presente en nuestra reformulación de cargo. Posteriormente, en un requerimiento de información, que también es obligatorio, tuvimos mayores antecedentes, pero ya en enero del 2019”, profundizó.

Fuente: Emol

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