Reforzarán fiscalización en Osorno ante nueva resolución sanitaria: Ejército será incluido

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La Seremi de Salud en Los Lagos, Scarleth Molt se refirió a la nueva resolución sanitaria que comenzó a regir hoy miércoles en Osorno la cual intensifica e instaura mayores normativas para prevenir el aumento de covid-19 en la ciudad.

Según señaló, en los lugares donde se formen filas el encargado del establecimiento deberá preocuparse de demarcar dentro y fuera del recinto. Para controlar esta y las otras normativas de distanciamiento social, Molt dijo que se está coordinando con el Ejército y Carabineros para que realicen rondas junto a personal de Salud.

Respecto a nuevas disposiciones que se puedan dar próximamente, la Seremi dijo que “están evaluando” si agregan otros sectores. Añadiendo que “cada siete días se medirá el escenario en Osorno”.

Las nuevas medidas sanitarias señaladas en la resolución N° 14.513 por parte de la Seremi de Salud Los Lagos comenzaron a regir a partir de las 00:00 horas de este miércoles y consideran :

  1. Las personas que transiten por las vías públicas u ocupen cualquier bien nacional de uso público deben mantener en todo momento un distanciamiento mínimo de un metro lineal entre sí.
  2. Los espacios cerrados donde se atienda público, no podrá existir una cantidad superior a una persona por cada diez metros cuadrados.
  3. En los casos cuya área sea inferior a diez metros cuadrados, la capacidad máxima será de una persona. Para efectos del cálculo del aforo no se tendrá en consideración a los trabajadores del lugar.
  4. El aforo o cantidad máxima total de personas disponible en función de lo señalado precedentemente, deberá ser publicado en las entradas del recinto de que se trate.
  5. En los lugares donde se formen filas, se deberá demarcar la distancia de un metro lineal. Esta obligación deberá cumplirse ya sea que la fila se forme dentro o fuera del local. En el caso que la demarcación deba hacerse en la vía Pública, esta deberá ser fácilmente removible.

Cabe mencionar que el incumplimiento de las medidas señaladas precedentemente, podrán ser sancionadas con multa de 1 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) a través del respectivo sumario sanitario y aplicadas tanto al infractor como al propietario del establecimiento si correspondiere.

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