Retiro del 10%: Cámara de Diputados aprueba el proyecto y lo despacha al Senado

267

Este martes, la Cámara de Diputados aprobó en general el proyecto de ley que permite un segundo proceso de retiro del 10% de los fondos de pensión, en el marco de la crisis económica derivada del coronavirus.

La iniciativa contó con el voto favorable de 130 parlamentarios, mientras que 18 se manifestaron en contra y dos se abstuvieron.

Cabe destacar que en la votación en general del primer proyecto de retiro del 10%, el 8 de julio pasado, el texto obtuvo 95 votos a favor, 25 en contra y 31 abstenciones.

Tras un acuerdo de la Sala, se procedió inmediatamente a la votación en particular del proyecto, en donde se analizan las indicaciones presentadas por diferentes parlamentarios que buscan introducir cambios en el texto.

En dicha votación, el texto obtuvo 141 votos a favor, siete votos en contra y una abstención. Con esto, la iniciativa pasa a su segundo trámite constitucional en el Senado.

¿En qué consiste el proyecto de retiro del 10%?

Los afiliados del sistema privado de pensiones, en forma voluntaria y excepcional, se les permitirá realizar un segundo retiro, de hasta el 10% de los fondos de pensiones, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 150 UF y un mínimo de 35 UF.

En caso de que el 10% de los fondos acumulados sean inferior a 35 UF, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

Luego de su revisión en general y particular en la Comisión de Constitución de la Cámara, la iniciativa fue despachada con cuatro diferencias respecto al primer proceso de retiro de fondos previsionales:

1) Una sola cuota

El texto que se está revisando en el Congreso indica que la entrega de los recursos se efectuará en una sola cuota en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que es presentada la solicitud a la correspondiente administradora.

En tanto, en el primer proyecto, cuando el monto superaba las 35 UF, la entrega del dinero se realizaba en dos cuotas. El primero, luego de 10 días hábiles de realizada la solicitud; y el segundo, tras 30 días hábiles.

2) Reintegro voluntario

Los diputados componentes de la comisión dieron luz verde a la indicación de un reintegro de los fondos retirados, mediante una cotización voluntaria adicional de 5% mensual y que el afiliado podrá suspender o discontinuar.

En la primera iniciativa no se contemplaba la opción de reintegrar el dinero extraído.

3) Impuesto a la renta

Otro aspecto que se diferencia respecto al retiro anterior es que el actual proyecto establece que los fondos retirados superiores a 35 UF constituirán renta, con la excepción de aquellas personas que tributen en los primeros tres tramos de la ley de impuesto a la renta (menor a 2,5 millones mensuales).

En este sentido, el texto señala que “la remuneración y renta imponible promedio, corresponderá al promedio de las últimas 12 remuneraciones y rentas declaradas en el sistema en los últimos 10 años”.

En el primero, en cambio, los montos extraídos no eran objeto de impuestos de ningún tipo para ninguna de las personas que lo solicitaran.

4) Transparencia de autoridades públicas

La Comisión de Constitución aprobó una propuesta que no estaba contemplada en la primera reforma, la cual consiste en que las autoridades públicas incorporen en su declaración de intereses y patrimonio la información respecto del primer retiro de fondos previsionales y de este segundo retiro si lo solicitan.

Comenta!