SII publica resolución que establece mecanismo de entrega de beneficio especial para trabajadores independientes

422

Medida establecida en la Ley N° 21.242:

Permite cubrir hasta un 70% de la caída de ingresos de trabajadores independientes, con un subsidio de hasta $100.000 y un beneficio con tasa real 0, un año de gracia y tres años para pagarlo.
Durante la jornada de este miércoles, el SII puso a disposición un sistema que indica en línea si una persona cumple con los requisitos, por lo que el beneficio se puede pedir sin necesidad de adjuntar ningún documento.

El Servicio de Impuestos Internos publicó , en sii.cl, la Resolución Exenta N° 63, de 2020, que establece el mecanismo de entrega de un beneficio especial destinado a apoyar a los trabajadores independientes que han visto disminuidos sus ingresos en, al menos el 30%, producto de la emergencia sanitaria que vive el país.

Para la implementación de esta medida, establecida en la Ley N° 21.242 que fue publicada este miércoles en el Diario Oficial, el Servicio de Impuestos Internos pondrá a disposición de estos trabajadores, durante la misma jornada, un aplicativo en su sitio web donde el contribuyente interesado podrá revisar si puede optar al beneficio y el monto respectivo.
El Director del SII, Fernando Barraza, explicó que “tal como lo hemos hecho durante estos meses de emergencia sanitaria, estamos implementando un sistema que le permita, a los trabajadores independientes que han enfrentado una reducción en sus ingresos, acceder de forma ágil, simple y oportuna, a esta medida de apoyo para ayudarlos a enfrentar la actual situación”.

“Lo que buscamos en estos momentos que enfrentamos como país, es que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios de la forma más rápida y sencilla posible. En este caso, gracias a la información disponible a través de las boletas de honorarios electrónicas entre otros instrumentos, podemos ofrecerles una aplicación que calculará el beneficio al que pueden acceder en línea, en forma sencilla, sin necesidad de adjuntar documentos o realizar mayores trámites”, agregó.

El beneficio
Podrán acceder a este beneficio los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios electrónicas y los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios en papel, que paguen su autoretención de impuestos mensualmente, a través del Formulario 29.

Si el contribuyente tiene otros ingresos por remuneraciones, retiros, dividendos u otros, igualmente puede acceder a este beneficio si cumple con los requisitos.

Entre los requisitos para acceder al beneficio están haber emitido boletas de honorarios en al menos 3 meses durante los últimos 12 meses, es decir, entre abril de 2019 y marzo de 2020, o haber emitido boletas de honorarios en al menos 6 meses, durante los últimos 24 meses anteriores, es decir, entre abril 2018 y marzo de 2020.

En ambos casos, las boletas pueden haber sido emitidas en meses consecutivos o no.

Otro requisito relevante es que, en el mes anterior al cual se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios se hayan reducido al menos en un 30% respecto del promedio de ingresos en los últimos 12 meses, es decir, entre abril de 2019 y marzo de 2020.

Cómo se calcula
Si el contribuyente registra un ingreso promedio mensual, entre abril de 2019 y marzo de 2020, igual o inferior $320.500, el beneficio podrá alcanzar hasta a un 70% del monto de la reducción mensual de sus ingresos. En cambio, si el ingreso promedio mensual es superior a $320.500, el valor del beneficio será calculado en forma proporcional a la disminución de los ingresos.

El beneficio puede ser solicitado por hasta 3 meses, entre junio y noviembre de 2020, tiene un tope de $650.000 por cada mes en que se solicita y, debe ser reintegrado en 3 cuotas anuales, sin intereses y reajustables de acuerdo a la variación del IPC, a partir del proceso de declaración de Renta 2022. Dicho reintegro podrá contar con un subsidio de hasta $100.000, al que podrán acceder los trabajadores a honorarios con ingresos promedios mensuales de hasta $500.000.

Obtención del beneficio
Si una persona cumple con los requisitos, podrá solicitar este beneficio 100% en línea a través del aplicativo que se pondrá a disposición de la ciudadanía durante esta jornada en sii.cl, sin necesidad de adjuntar ningún documento. Para esto:

El contribuyente debe ingresar a sii.cl con su RUT y clave tributaria.
El sistema indica, en línea, el cálculo y el monto del beneficio al que se puede acceder.
El contribuyente podrá aceptar este monto o indicar una cifra menor, si lo prefiere. Una vez aceptado el beneficio, no podrá renunciar a él.
El beneficio será depositado en su cuenta bancaria personal. En caso de no poseer una o no ingresar correctamente la información, será pagado por caja, en BancoEstado.
El depósito del dinero lo realizará la Tesorería General de la República en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, la Tesorería General de la República descontará hasta un 50% del monto del beneficio y se abonará al pago de dicha deuda.

Fuente : SII

Comenta!