La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la destitución de una directora de liceo de la comuna de Puerto Octay, luego de rechazar el recurso de protección que buscaba dejar sin efecto la sanción aplicada por la municipalidad, tras comprobarse que la funcionaria salió del país mientras se encontraba con licencia médica y reposo.

En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada desestimó la acción presentada por la exdirectora, respaldando así la decisión adoptada por la Municipalidad de Puerto Octay, que la destituyó por falta a la probidad administrativa.

El tribunal señaló que el origen del caso se encuentra en un sumario administrativo iniciado luego de que la funcionaria viajara al extranjero a fines de marzo de 2024, pese a contar con licencia médica vigente. En ese contexto, la Corte precisó que el recurso de protección no es la vía adecuada para revisar ni cuestionar el desarrollo del sumario ni la proporcionalidad de la sanción aplicada.

Asimismo, el fallo indicó que existen otros mecanismos administrativos y judiciales para impugnar este tipo de decisiones, los que no fueron utilizados por la recurrente, por lo que no corresponde que esta acción constitucional sea usada como una alternativa a dichos procedimientos.

De esta manera, la Corte resolvió rechazar el recurso de protección, sin costas, confirmando la destitución dispuesta por la Ilustre Municipalidad de Puerto Octay, sin perjuicio de que la afectada pueda ejercer otras acciones legales que estime pertinentes ante los tribunales competentes.