La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de amparo interpuesto por la defensa, en contra de la resolución que confirmó la prisión preventiva de Juan Segundo Pichún Collonao, vocero de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), imputado por el Ministerio Publico como autor de los delitos de incendio reiterado y porte de arma de fuego. Ilícitos perpetrados en noviembre de 2021, en la comuna de Traiguén.

En fallo unánime (causa rol 294-2025), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Marcia Undurraga Jensen, Karina Ormeño Soto y el abogado (i) Luis Felipe Galdames Bhüler– descartó ilegalidad o arbitrariedad en la resolución impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la de primer grado que dejó privado de libertad a Pichún Collonao.

“Que lo pretendido por el recurrente es la invalidación de la resolución de 5 de julio de 2025, que resolvió confirmar una resolución de primer grado del Juzgado Garantía de Purén que decretó la prisión preventiva del amparado Pichún Collonao y que, en su lugar, solo se decreten cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que, la acción constitucional de amparo se concede a toda persona detenida, presa o arrestada con infracción a la Constitución o a la ley, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, ocurriendo que, en la especie, el amparado se encuentra privado de libertad, en razón de una decisión judicial adoptada por la Ilma. Corte de Apelaciones de Temuco, decisión que se adoptó por las autoridades judiciales respectivas, dentro de su competencia y con observancia de los procedimientos legalmente establecidos”.

“Que, de esta forma no se constata en autos la existencia de un acto u omisión que pueda tildarse de ilegal o arbitraria y que afecte el derecho a la libertad personal del amparado; por cuanto de la lectura de la resolución recurrida de amparo, se puede concluir que esta satisface el umbral de fundamentación que a su respecto imponen el Código Procesal Penal”, concluye.

Según el ente persecutor, en horas de la madrugada del 5 de noviembre de 2021, el imputado, y otros sujetos previamente coordinados, ingresaron con armas de fuego a un predio ubicado en la comuna de Traiguén. En el lugar, desalojaron a las víctimas que se encontraban al interior de la casa de habitación y procedieron, luego, a quemar el inmueble, junto a bodegas, tres camiones y cuatro máquinas forestales que se encontraban en el predio.

Imagen: https://www.lanacion.cl/pdi-detuvo-al-vocero-de-la-cam-juan-pichun-en-operativo-en-traiguen/