Juan Carlos Claret de Laicos Osorno comenta sobre nuevo protocolo de abusos sexuales al interior de la Iglesia

160

Hoy el Papa acaba de publicar un nuevo protocolo sobre abusos sexuales al interior de la Iglesia, el cual puedes revisar en el siguiente link

http://press.vatican.va/content/salastampa/es/bollettino/pubblico/2019/05/09/motu.html

Al respecto comparto algunos puntos relevantes:

  1. LO BUENO:

    a. Este protocolo obliga a los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica. Aunque el nombre es raro y hay sutilezas que no vienen al caso, en otras palabras este documento obliga a los religiosos y religiosas, a las congregaciones, a informar al obispo diocesano sobre un abuso sexual al interior de ella. Esto es importante, porque hasta hoy, el provincial jesuita no tenía por qué informar al obispo diocesano.


    b. Uniforma la legislación eclesiástica, toda vez que equipara -no totalmente pero si en algunos aspectos- los procedimientos administrativos o penales que hoy llevaban los religiosos, a los que llevan los sacerdotes diocesanos. Para decirlo de otra manera, las líneas guías de la Conferencia Episcopal no obligaba a las congregaciones religiosas (los que tienen su propio protocolo) sino al clero diocesano.
    c. Fija plazo de 90 días para la investigación. Eso es un avance porque en cuanto a plazos para investigar hasta la fecha no hay regulación clara… víctimas podían pasar años esperando.

    2. LO MALO:


    a. Centraliza la información en los obispos: ahora los obispos no sólo conocerán los abusos de su clero si no de los religiosos en sus diócesis y esto se transforma en un problema cuando las reglas del secreto sigan operando… por ejemplo: canon 492 del Código de Derecho Canónico: estas causas se tramitarán en “archivo secreto diocesano” cuyos antecedentes deben ser destruidos cada cierto tiempo.


    b. Así, se legitima a la Iglesia como un ente capaz de investigar crímenes cometidos en el territorio nacional… ¿pero qué estudios para ser abogados, investigadores, detectives y jueces tienen los curas? No puede ser tema de su competencia la investigación penal más encima de sus propios amigos.


    c. De esta manera, si la Iglesia regula sus protocolos para reafirmar sus investigaciones pero manteniendo las leyes del secreto, ¿cómo lo hará el Ministerio Público para conocer las denuncias que conozcan los obispos? La respuesta que da el Papa en este reglamento, es que deben colaborar en la medida que la legislación nacional lo establezca. Plop, quedamos donde mismo. Porque en vez del Papa obligar a los obispos a entregar los antecedentes a la justicia, los obliga a mantenerlos bajo la lógica vaticana no quedándole más alternativa a Fiscalía que firmar convenios truchos con la Iglesia que investiga. ¿Se nota la perversión de este sistema?

Autor: Juan Carlos Claret, vocero de la Organización de Laicos de Osorno.

Comenta!