A través de una declaración pública, la Fundación Apoyo Legal T.E.A. denunció que esta doble actuación evidencia una incoherencia grave, ya que mientras se declara acatamiento, se persiste en una estrategia legal orientada a mantener la expulsión del estudiante, contraviniendo —a su juicio— el estándar legal vigente en materia de inclusión y no discriminación.

El Colegio San Francisco Javier de Puerto Montt informó que acatará el fallo de la Corte de Apelaciones que le ordenó reponer la matrícula de un niño de 8 años dentro del espectro autista para el año escolar 2026. Sin embargo, en paralelo, el establecimiento recurrió ante la Corte Suprema para intentar revertir la resolución, situación que fue cuestionada por la Fundación Apoyo Legal T.E.A., al considerar que existe una contradicción entre el discurso público del colegio y sus acciones judiciales.

La sentencia del tribunal de alzada, dictada el 7 de enero de 2026, dejó sin efecto la cancelación de matrícula del menor, estableciendo que la inclusión educativa constituye una obligación exigible y no una facultad discrecional de los establecimientos. Pese a ello, el colegio comunicó a su comunidad escolar que cumpliría el fallo “sin perjuicio de evaluar las alternativas legales”, presentando ese mismo día un recurso de apelación ante el máximo tribunal del país.

Corte de Apelaciones de Puerto Montt anula expulsión de niño autista de colegio jesuita. Se instruyó su reincorporación – RadioSago

A través de una declaración pública, la Fundación Apoyo Legal T.E.A. denunció que esta doble actuación evidencia una incoherencia grave, ya que mientras se declara acatamiento, se persiste en una estrategia legal orientada a mantener la expulsión del estudiante, contraviniendo —a su juicio— el estándar legal vigente en materia de inclusión y no discriminación.

La entidad valoró el fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, señalando que este fue claro al establecer que la permanencia de un estudiante con discapacidad no puede condicionarse a criterios internos que, en los hechos, restrinjan derechos fundamentales, especialmente tratándose de niños, niñas y adolescentes dentro del espectro autista.

Asimismo, la fundación cuestionó que el establecimiento intente presentar el caso como un problema general de convivencia escolar, negando el vínculo entre la medida adoptada y la condición del niño, e incluso trasladando responsabilidades a la familia, lo que —afirman— contradice el principio del interés superior del niño.

Finalmente, la Fundación Apoyo Legal T.E.A. fue enfática en señalar que no existe inclusión “con condiciones” ni cumplimiento parcial de los fallos judiciales, subrayando que el respeto a los derechos de los niños se demuestra con acciones concretas y coherentes, y no con declaraciones públicas que se contradicen en los tribunales.