La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio con la formulación de un cargo grave contra la empresa Servicios de Transporte y Áridos Vicat Limitada, por su proyecto de extracción de áridos ubicado en la comuna de Osorno.
La fiscalización de la SMA determinó que la compañía realizó extracción de áridos en pozos de dimensiones industriales sin contar con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) requerida. El proyecto, denominado “Áridos Vicat Osorno”, consiste en una faena de extracción y procesamiento de áridos —principalmente arena y gravilla— que incluye un sector de chancado y selección de material, además de tres piscinas de decantación. Para el lavado de material se utilizan aguas extraídas de estas piscinas, recirculando los sedimentos posteriormente.

La investigación se originó a raíz de cuatro denuncias ciudadanas que señalaban extracción de áridos sin autorización ambiental y posibles daños al ecosistema, incluyendo corte de vegetación y modificaciones en el cauce del Río Damas. Tras la fiscalización, se constató que la totalidad de la unidad fiscalizable abarca 11,45 hectáreas, lo que, por volumen y dimensiones, clasifica al proyecto como industrial y sujeto a evaluación ambiental obligatoria según la Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente y el Reglamento del SEIA.
Con todos estos antecedentes, la SMA formuló un cargo grave contra Áridos Vicat, al constatar que ejecutó un proyecto de extracción de áridos en pozos de dimensiones industriales, en una superficie igual o mayor a cinco hectáreas, sin contar con la Resolución de Calificación Ambiental correspondiente.
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, las infracciones graves pueden derivar en revocación de la RCA, clausura o multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes actualmente a $4.155.900.000.
La Jefa Regional de la SMA en Los Lagos, Ivonne Mansilla, señaló que “en la inspección realizada al proyecto, y tras el análisis de imágenes satelitales, pudimos constatar la ejecución de un proyecto de extracción de áridos en pozos de dimensiones industriales, por lo que su ingreso al SEIA es obligatorio de acuerdo con la ley”. Añadió que “los titulares deben comprender que cualquier actividad que pueda generar un impacto ambiental, así como cualquier modificación que implique un cambio significativo, debe ser evaluada ambientalmente antes de su ejecución”.
La empresa tendrá un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y 22 días hábiles para formular sus descargos, contados desde la notificación de la formulación del cargo.








