A ley: Aprueban proyecto que exime del IVA a los comités de agua potable rural

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El proyecto de ley, aprobado de manera unánime en el Senado, busca dar certeza en materia tributaria respecto de los sistemas de agua potable rural. Esto luego que en los últimos años, los APR han estado expuestos a modificaciones legislativas que generaron incertidumbre, lo que generaba que  aplicaran diferentes criterios a la hora cobrar IVA.

Para el Senador por la región de Los Lagos, Iván Moreira, la confusión fue causada por una mala interpretación del Servicio de Impuestos Internos, asegurando que es de sentido común que los APR no paguen IVA por su naturaleza de ser corporaciones sin fines de lucro.

En tanto, Fidel Espinoza, parlamentario de la zona, puso hincapié en la necesidad de mejorar los sistemas de agua potable rural, haciendo un llamado al Gobierno para que se involucre en la necesidad de agua potable para los territorios rurales.

La norma establece que los operadores de los servicios sanitarios rurales que presten servicios a sus asociados, cooperados o socios, no se encontrarán gravados con Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Para estos efectos, los nuevos operadores deberán encontrarse inscritos o incorporados en el Registro de operadores de servicios sanitarios rurales al último día del mes anterior en que comience a prestar los servicios señalados.

A aquellos operadores que ya se encuentren prestando dichos servicios se les aplicará este tratamiento tributario desde el mes siguiente a aquél en que se incorporen al Registro.

Tampoco se encontrarán gravados con IVA los servicios sanitarios rurales prestados entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que estos respondan exclusivamente a garantizar la continuidad del servicio.

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