Corte de Apelaciones concede la extradición de exejecutivo de Manuka desde Nueva Zelanda por matanza de terneros

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El Tribunal de Alzada de Valdivia concedió la solicitud de la Fiscalía de Río Negro, la que lleva adelante una investigación en contra de Zachary Reuben Ward, exejecutivo de la empresa Manuka, acusado de la matanza de unos mil 500 terneros, sacrificados a martillazos en la cabeza, mediante la inyección de aceite quemado y otros métodos, que a –a juicio del Ministerio Público- configurarían el delito de maltrato animal reiterado, hechos que habrían ocurrido entre 2012 y 2013, en la ex Hacienda Rupanco, ahora Hacienda Coihueco, en Puerto Octay.

El ciudadano neozelandés -quien reside actualmente en la ciudad de Te Ahora, Nueva Zelanda- salió de Chile en enero de 2014, debiendo ser formalizado en ausencia en abril pasado en el Tribunal de Garantía de Río Negro, Región de Los Lagos.

Basada en el derecho internacional, a las cuales se arraiga Chile, la Corte de Apelaciones de Valdivia consideró que concurren al menos ocho requisitos para conceder la extradición de Zachary Reuben.

Entre estos requisitos están que el Estado requirente tenga jurisdicción para conocer del hecho que motiva la extradición; que el hecho revista los caracteres de delito, tanto en la legislación del requirente como en la del Estado requerido (principio de doble incriminación).

Además, dentro de los requisitos están que la pena asignada a los hechos imputados, sea mayor a un año de privación de libertad (principio de la mínima gravedad); que esté autorizada o acordada la prisión preventiva del procesado, si no hubiere aún sentencia firme; que no se trate de delitos políticos o de aquellos que les sean conexos, según la calificación del Estado requerido; que el reclamado no haya sido juzgado y puesto en libertad, o haya cumplido la pena, o esté pendiente el juicio, en el territorio del Estado requerido, por el mismo delito que motiva la solicitud; que la acción penal se encuentre vigente conforme a las leyes del Estado requirente o requerido; y que la extradición no haya sido negada anteriormente por el mismo delito.

La corte valdiviana, concluyó que “el delito por el cual se solicita la extradición ha sido perpetrado dentro del territorio nacional, de modo que su juzgamiento se encuentra sometido a la jurisdicción de los tribunales chilenos; la persona señalada se encuentra formalizada por hechos que constituyen ilícitos comunes, no por delito político o conexo con él; la penalidad de los referidos ilícitos es superior a un año de privación de libertad; la pena para sancionarlos no se halla prescrita y su reproche penal, también se constata en la legislación neozelandesa”.

Al acceder a la solicitud de extradición, ahora se remitirán los antecedentes al Ministro de Relaciones Exteriores, Teodoro Ribera, para efectuar las gestiones diplomáticas necesarias con Nueva Zelanda para traer a suelo nacional a Reuben para ser juzgado por la matanza de terneros.

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