Juan González Quezada y Jairo González Miranda fueron condenados por mediáticos asesinatos.
Este viernes se conoció que Juan Israel González Quezada, condenado a presidio perpetuo calificado por el homicidio del cabo David Andrés Florido Cisterna, se fugó de la cárcel de Valparaíso. Mismo acto realizó Jairo Adonis González Miranda, quien también cumplía esa sentencia, pero por el robo con homicidio de la fotógrafa Albertina Mariana Martínez Muñoz.

Ambos hechos fueron de alta connotación pública, siendo el que más permanece aún en la memoria colectiva el crimen de Florido, ocurrido el 10 de junio de 2022. En dicha fecha, el funcionario fue asesinado en una barbería ubicada en la comuna de Pedro Aguirre Cerda a la que había arribado en el marco de un procedimiento por porte de arma de fuego. Según lo estableció el proceso judicial correspondiente, el cabo, más otros funcionarios policiales, ingresaron al local y sorprendieron a González Quezada con una pistola con cargador extendido. Por ello, lo intentaron capturar, pero este los evadió, salió de la barbería, disparó hacia el local y luego contra el personal policial, alcanzando a Florido. Tal fue el impacto que provocó este hecho en el país, que de manera inmediata el Gobierno anunció una querella y un plan de reforzamiento policial en la RM. En tanto, distintos parlamentarios reiteraron la solicitud al Ejecutivo de dar -en ese entonces- suma urgencia al Proyecto de Ley Naín 2.0 y establecer la Agenda pro Carabineros. También se reavivó el debate por las sanciones que reciben quienes cometen asesinatos contra funcionarios policiales, al punto que el diputado Eduardo Durán (RN), en su momento, pidió decretar estado de excepción para la zona de Santiago Sur Poniente.

Dicho caso volvió a ser noticia cuando se concretó la captura de González Quezada, siete días después del crimen y en la comuna de Colina. «El sujeto estaba acompañado por otra persona y esta persona tenía una orden pendiente por robo en lugar habitado. Fue en los precisos momentos en los cuales estaban coordinando una posible huida hacia Argentina», detalló en ese momento el general de Carabineros, Alex Chaván. De igual manera, la situación se presentó como un duro golpe para Carabineros, toda vez que poco antes dos uniformados fallecieron. A inicios del mes de mayo, Breant Rivas Manríquez (23 años), quien llevaba 2 años 10 meses de servicio, fue asesinado en Chillán. El hecho ocurrió debido a que unos sujetos se habrían resistido al control policial iniciando disparos, los que finalmente causaron la muerte del carabinero.

Y, a inicios de junio murió el cabo 1° Samuel Tiznao Rivas, quien fue chocado por un vehículo particular mientras se dirigía en su moto a atender una denuncia de robo por sorpresa en la comuna de La Florida. Con todo, en abril de este año el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Juan Israel González Quezada «a la pena de presidio perpetuo calificado», en calidad de autor del «delito consumado de homicidio de funcionario de Carabineros en el ejercicio de sus funciones».

Por otra parte, el crimen de Martínez ocurrió el 20 de noviembre de 2019. El tribunal dio por acreditado que dicha jornada, a eso de las 02:45 horas aproximadamente, Jairo Adonis González Miranda, quien conducía una motocicleta, llegó hasta el domicilio de Albertina Mariana Martínez Burgos, ubicado en la comuna de Santiago, e ingresó al departamento en que se encontraba la víctima. Tras ello, y «con motivo de apropiarse de diversas especies, procedió a golpearla en su cara, cabeza y cuerpo, inmovilizándola con un cable de alargador de corriente eléctrica, atando sus pies, manos y cuello, para luego asfixiarla con un paño de cocina, ocasionándole la muerte por estrangulación con lazo, con signos de sofocación por cuerpo extraño y traumatismo encefalocraneano, logrando apropiarse de su mochila, una casaca, y unos audífonos».

La defensa González Miranda interpuso un recurso de nulidad en contra de la sentencia, pero en agosto de 2022 la Corte de Apelaciones de Santiago lo rechazó y confirmó el presidio perpetuo calificado por robo con homicidio. Mientras González Quezada alcanzó a cumplir 3 años 1 mes y 29 días de su sentencia en el recinto penitenciario de Valparaíso, González Miranda estuvo 5 años 6 meses y 2 días.

Fuente: Emol.com