El Segundo Juzgado de Letras de Osorno acogió la demanda colectiva presentada por el Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, y condenó a la empresa Luz Osorno por las prolongadas interrupciones del suministro eléctrico registradas entre el 31 de julio y el 16 de agosto de 2024 en la provincia.

El  magistrado del 2° Juzgado de Letras de Osorno, Guillermo Olate entregó detalles del fallo.

La sentencia establece que la distribuidora deberá pagar una multa de mil doscientas Unidades Tributarias Mensuales a beneficio fiscal, además de indemnización.

El magistrado del 2° Juzgado de Letras de Osorno, Guillermo Olate detalló los montos en cada caso.

A ello se sumarán compensaciones por daño emergente para quienes acrediten pérdidas derivadas de la interrupción del servicio.

En el fallo, el tribunal desestimó la defensa de la empresa, que atribuyó la emergencia a un caso fortuito debido al sistema frontal que afectó la zona. 

El juez concluyó que la compañía contaba con información anticipada sobre las condiciones meteorológicas y que, como concesionaria de un servicio básico, debía adoptar todas las medidas necesarias para prevenir o reducir el impacto de los cortes.

La resolución sostiene que las distribuidoras eléctricas tienen el deber de actuar como empresas especializadas, utilizando herramientas de pronóstico y planes de contingencia para enfrentar fenómenos climáticos previsibles.