Comienza a regir decreto que termina con la repitencia automática en colegios: Sólo será una “medida excepcional”

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Este mes, junto con iniciarse las clases, comienza a regir en todos los colegios del país un decreto que introduce importantes modificaciones a la forma en que se determina la repitencia escolar, así como a las evaluaciones que realizan los profesores a los alumnos en el aula.

Se trata del decreto 67/2018 del Ministerio de Educación sobre Evaluación, Calificación y Promoción de Escolares, que actualiza la normativa sobre estos temas y tiene dos focos: reducir la repitencia escolar mediante un mayor acompañamiento a los estudiantes, y avanzar hacia un mayor uso pedagógico de la evaluación.

En cuanto a la repitencia, ésta se propone como una medida ya no automática, sino que excepcional, fruto de una decisión basada en criterios pedagógicos y psicosociales, donde participen docentes y profesionales que han estado involucrados en el proceso de aprendizaje del estudiante. También se pone énfasis en las medidas de apoyo y acompañamiento a los alumnos que han mostrado dificultades.

Esta nueva visión se basa en el entendido de que “la repitencia no es la única ni la mejor alternativa para los estudiantes con dificultades, y que lo importante es generar los acompañamientos más pertinentes y oportunos para dichos estudiantes de modo de hacer todo lo posible por evitar que repitan”, según se señala en las orientaciones para la implementación del decreto, de la Unidad de Currículum y Evaluación del Ministerio de Educación. De hecho, la repitencia aumenta las probabilidades de ausentismo y de deserción escolar. El documento aclara que “esto no implica la eliminación de la repitencia, sino que se pretende que sea la última alternativa”.

En la práctica, los estudiantes que no cumplan con los requisitos de calificaciones y asistencia para ser promovidos de curso no repetirán automáticamente –como ocurre hasta ahora–, sino que pasarán a estar “en situación de riesgo de repitencia”. Luego habrá un proceso de análisis en que participe el equipo directivo, docente y otros profesionales para tomar una decisión respecto de si el alumno es promovido o repite de curso.

La idea es que sea una decisión fundada, que considere aspectos académicos y socioemocionales del alumno, más la visión de los apoderados, evitando que se apliquen reglas automáticas para todos, sin mirar sus historias, contextos, progresos y dificultades.

Una vez que se toma la decisión de que el alumno sea promovido o repita, el establecimiento debe adoptar “los acompañamientos más pertinentes para los estudiantes que se hayan encontrado en situación de riesgo de repitencia (…) con el fin de resguardar el acceso a oportunidades adecuadas a sus necesidades que les permitan progresar en sus aprendizajes y asegurar su permanencia en el sistema educativo”.

Sobre esta nueva disposición en los colegios, el director del Centro UC para la Transformación Educativa (Centre), Ernesto Treviño, afirma que “la repitencia es uno de los más graves flagelos que influye negativamente en las trayectorias de los estudiantes”, ya que “repetir está asociado a continuar repitiendo y abandonar el sistema escolar, y tiene implicaciones sobre la autoestima general y académica de los estudiantes”.

Por ello, señala que “generar medidas preventivas de apoyo y la búsqueda de formatos distintos de enseñanza para los estudiantes según sus necesidades es la mejor alternativa para apoyar el desarrollo académico y el bienestar de los estudiantes de largo plazo”.

Distintas ponderaciones para calcular la nota final

El decreto también modifica la forma en que los profesores evalúan a los alumnos, promoviendo una visión de la evaluación como un aspecto intrínseco de la enseñanza, cuyo sentido fundamental es monitorear y apoyar los aprendizajes de los alumnos. Así, se pone énfasis en el uso de la evaluación formativa, dando más oportunidades para retroalimentar y acompañar a los estudiantes, y para que demuestren lo aprendido.

Se elimina además la concepción de que el número horas de una asignatura define el número de calificaciones (notas), sino que éstas deben definirse en base a argumentos pedagógicos. La cantidad de calificaciones tampoco debe ser rígida, sino que se deja espacio para reemplazar o agregar calificaciones, informando con anticipación a los alumnos.

Asimismo, se promueve utilizar distintas ponderaciones para calcular la nota final anual, dando mayor peso a aquello que mida los aprendizajes más relevantes e integrales por sobre aspectos específicos; y dar mayor ponderación a las últimas evaluaciones, ya que el estudiante podría evidenciar logros que representen mejor su nivel que las evaluaciones previas.

Sobre ese tema, el documento hace ver que el “promedio simple” (en que cada nota pesa lo mismo) no es la única forma ni la más recomendable de llegar a las calificaciones finales de cada asignatura, dado que “no necesariamente sopesa la relevancia, integralidad o progresividad de lo que se está evaluando, y perjudica las calificaciones finales de quienes comienzan los procesos con bajos niveles de aprendizaje, aunque luego muestren haber aprendido”. También se estipula que ninguna evaluación –a través de un único método y en un momento específico– debe ser ponderada con más del 30% en la calificación final anual.

Sobre estas medidas, Treviño señala que “si bien el cambio va en el sentido correcto, los incentivos del sistema escolar y las lógicas de gestión y enseñanza promueven la evaluación sumativa (para poner notas) más que formativa”. Por ello, “el gran desafío estará en la construcción de capacidades entre sostenedores, directivos y docentes para implementar la evaluación formativa”.

Fuente: Emol

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