Duras sanciones contempla la ley 21.495, que desde octubre del año pasado sanciona la realización de carreras no autorizadas de vehículos y otras conductas similares. El cuerpo legal establece las responsabilidades de quienes superen el límite de velocidad.
Así lo dio a conocer el Director Regional de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, Conaset, Jorge Aros.
El personero explicó que si una persona conduce en zona de 100 km/h a una velocidad igual o menor a 165 km/h será infraccionado y sus antecedentes serán derivados al Juzgado de Policía Local.
Por otra parte, si conduce en zona de 100 km/h a una velocidad de 166 km/h o superior se procede a la detención del conductor y sus antecedentes son derivados a la Fiscalía local, recalcó.
En el marco de esta normativa, personal de la Tenencia de Carreteras de la provincia de Llanquihue fue detectado un vehículo a 169 kilómetros de velocidad a la hora en la ruta 5, por lo que su conductor fue puesto a disposición de la Fiscalía de Puerto Montt, dijo el Teniente Iván Tiznado, oficial de la Tenencia Carreteras Llanquihue
Por tal motivo, Tiznado dijo que los antecedentes del caso fueron derivados al Ministerio Público.