La Asociación Gremial de Productores de Leche (APROVAL) presentó un recurso de aclaración ante el máximo tribunal para determinar si el término en inglés está incluido en la prohibición de uso de la palabra «leche», tras la reciente condena por competencia desleal contra la startup.

La Asociación Gremial de Productores de Leche de la Región de Los Ríos (APROVAL) elevó una nueva solicitud ante la Corte Suprema este lunes 18 de mayo. El gremio busca que la justicia aclare si la empresa The Not Company (NotCo) puede seguir utilizando el término “milk” en sus productos.

Esta acción judicial ocurre tras la sentencia del pasado 11 de mayo, que condenó a la firma por prácticas de engaño y competencia desleal. Según los lecheros, existe una confusión deliberada por parte de la empresa sobre el cumplimiento de lo resuelto por el tribunal.

El origen de la nueva disputa

El conflicto se reavivó tras declaraciones públicas del representante legal de NotCo, quien tras el fallo afirmó: “Hoy más que nunca, NotGuilty”. Para los productores, esto sugiere una interpretación errónea de la sentencia que busca evadir las restricciones impuestas.

APROVAL sostiene que el uso de «milk» en el rotulado busca confundir al consumidor, manteniendo un vínculo con la industria láctea que la justicia ya prohibió. El gremio busca disipar la duda de si la prohibición de la palabra “leche” se extiende a su traducción al inglés.

Argumentos contra el uso de «milk»

En el escrito presentado, los productores argumentan que «milk» es un sinónimo directo de la palabra prohibida y, por tanto, su uso constituye un engaño. Sostienen que permitir el término en inglés convertiría el fallo judicial en “letra muerta”.

El recurso destaca que el tribunal ya acreditó que designar el producto como «milk» es una aseveración “incorrecta e inexacta”. Esto se debe a que el término destaca en el envase junto a imágenes propias de la industria lechera, como una vaca.

Propiedad industrial vs. competencia desleal

Respecto a la defensa de NotCo sobre su marca registrada NOT MILK, el gremio recordó que los derechos de propiedad industrial tienen límites legales. Citando la Ley Nº 19.039, señalaron que las marcas deben ejercerse respetando el marco jurídico de la competencia.

La asociación gremial enfatizó que la titularidad de una marca no habilita a una empresa a infringir los derechos de terceros ni a incurrir en competencia desleal. El fallo previo ya ordenó el cese de cualquier rotulado o imagen propios de la leche tradicional.

Próximos pasos judiciales

La Corte Suprema deberá resolver ahora si el término «milk» queda oficialmente vedado para los productos de la compañía. Esta decisión será clave para definir cómo se ejecutará el cese de las conductas constitutivas de engaño ordenadas previamente.

El caso, que ya incluyó el envío de antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica, marca un hito en la regulación de productos basados en plantas en Chile. Se espera que la resolución final establezca un estándar para el etiquetado de alimentos en el mercado nacional.