Rector Óscar Galindo informa que renunciará ante presiones por el “Caso UACh”

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El Rector de la Universidad Austral de Chile (UACh), Óscar Galindo, anunció al directorio de la casa de estudios, que renunciará antes del 19 de enero, día en que se convocará a elecciones de dicho cargo. Todo esto se da en medio de una serie de irregularidades que se habrían cometido en su administración.

En horas de la noche de este martes 14 de enero, RioenLinea tuvo acceso a la información que daba a conocer el Rector de la UACh, Óscar Galindo, quien aclaró al directorio el punto de tabla con que se citó a Consejo Superior Universitario para el martes 19.

En la instancia, Galindo explicó que la convocatoria a elecciones de Rector (a) se iniciará con la presentación de su renuncia al cargo, lo que ocurriría antes de la sesión.

Cabe mencionar que hasta la hora de la publicación de este articulo, el Rector Óscar Galindo, no ha presentado su renuncia formalmente.

Por su parte, el directorio explicó que “en el tiempo que medie entre la aceptación de la renuncia del Sr. Rector y la finalización del proceso de elección, los estatutos son claros en indicar el mecanismo de subrogación que corresponde aplicar”.

Lo anteriormente descrito, se da en medio de los resultados de las indagatorias por las irregularidades cometidas durante la gestión del Rector de la UACh, Óscar Galindo, como la contratación de las hijas del ex Presidente del Directorio, Carlos Montt y del ex Contralor Interno, Manuel Bueno; la doble contratación de Andrés Hortal, cuñado de Montt; entre otros hechos relacionados con contrataciones y manejo de recursos.

En la misma línea, el Sindicato de Docentes de la UACh había dado a conocer esta semana, que si el Rector Óscar Galindo no renunciaba a su cargo, iniciarían una paralización que había quedado fijada para este lunes 18.

En ese sentido, y tal como se dio a conocer este jueves, un grupo de decanas, decanos, consejeras y consejeros académicos presentaron cargos en contra de Galindo, iniciando un proceso de remoción, como se establece en los estatutos de la universidad, invocando las hipótesis previstas en el Artículo 54 letra B de la normativa interna.

 

 

 

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