El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) desplegará un plan de fiscalizaciones enfocado en la trazabilidad y el bienestar animal durante las Fiestas Patrias.

La medida responde al incremento tradicional en el traslado de ganado, animales de abasto y equinos a lo largo del país durante el periodo festivo.

Controles a la movilidad y prevención de delitos

Los operativos buscan resguardar la sanidad animal, fortalecer la capacidad de respuesta ante emergencias zoosanitarias y apoyar la labor policial contra el abigeato.

Para movilizar cualquier grupo de animales por el territorio nacional, es obligatorio contar con el Formulario de Movimiento Animal (FMA).

Este documento acredita el origen y el destino de los ejemplares y es fiscalizado en ruta por inspectores del SAG y Carabineros de Chile.

Obtención del documento y sanciones por incumplimiento

El Formulario de Movimiento Animal se puede solicitar en formato digital a través del sistema SIPECweb (sipecweb.sag.gob.cl) con cuenta de usuario.

Asimismo, el trámite está disponible de manera presencial en cualquier oficina sectorial del SAG o en unidades de Carabineros.
Quienes transporten animales sin este formulario arriesgan actas de denuncia, citación y la retención del vehículo con su carga.
De no regularizarse la situación, Carabineros podrá efectuar una denuncia ante la Fiscalía por presunción del delito de abigeato.

Exigencias de trazabilidad para equinos

Desde este año, los predios con equinos deportivos y de reproducción, además de los centros ecuestres, deben identificar a sus animales con microchip y registrarlos en el SAG.

El traslado de estos ejemplares también exige de forma obligatoria el uso del Formulario de Movimiento Animal para asegurar su seguimiento individual.

Por su parte, la agricultura familiar campesina, animales de trabajo, recreación no deportiva y crianza para engorda cuentan con plazo hasta el 25 de febrero de 2028 para cumplir la norma.

Exigencias de bienestar animal en el transporte

El traslado de ganado debe cumplir con los Decretos N° 240 y N° 30, asociados a la Ley de la Carne y la Ley de Protección de Animales.

Estas regulaciones fijan condiciones de infraestructura y manejo para evitar dolor o sufrimiento innecesario en la carga, viaje y descarga.

Durante la movilización, la normativa exige la presencia de un encargado del ganado capacitado o con formación técnica o profesional agropecuaria.

Condiciones sanitarias y vías de contacto

Las normas establecen que solo es factible transportar animales que se encuentren sanos. Se prohíbe el traslado de ejemplares debilitados, recién nacidos o hembras próximas a parir.

En viajes superiores a 24 horas, es obligatorio planificar descansos, provisión de agua, alimento, ventilación adecuada y espacio suficiente.

Para dudas y consultas, el SAG mantiene disponible el teléfono 22 3451100 y el correo [email protected].
El cumplimiento estricto de estas exigencias resulta clave para garantizar la sanidad animal y la seguridad en las rutas durante las celebraciones patrias.