Tribunal Oral dispuso cadena perpetua para condenados por crimen de menor Rayén Meñaco

968

El Tribunal Oral de Puerto Montt condenó a presidio perpetuo efectivo a los dos autores del crimen de la menor Rayén Meñaco.

Entre aplausos y gritos de aprobación, los familiares y amigos de la menor Rayén Meñaco recibieron la decisión de la segunda sala del Tribunal Oral en Lo Penal  puertomontino, que condenó a los dos autores del asesinato de la niña de 12 años a la pena más dura estipulada en el Código Penal.

De esta forma Belarmino del Tránsito Mansilla Chávez y Alfonso Manuel Monje Hernández, deberán pasar al menos 40 años tras las rejas, antes de poder solicitar acogerse a algún tipo de beneficio carcelario.

La sentencia de los jueces Patricia Miranda, Rosario Cárdenas  y José Bustos fue bien recibida por los padres de la víctima, Pablo Meñaco y Mónica Martínez

El tribunal dio por acreditado, más allá de cualquier duda razonable, que  los dos condenados son autores del delito consumado de homicidio calificado en la persona de la niña Rayén Meñaco Martínez, en la tarde del 26 de abril de 2016, cuando la escolar de 12 años, regresaba a su casa en el sector rural El Yale de Calbuco, caminando por un predio solitario, trayecto  en el que fue abordada por Alfonso Monje y Belarmino Mansilla, quienes violentamente inmovilizaron a la niña y la agredieron con un objeto cortopunzante en diferentes partes del cuerpo.

Los jueces del Tribunal consideraron la alevosía del crimen y las agravantes de ejecutar el delito de noche o en despoblado, sumando además la ejecución del hecho con ofensa o desprecio del respeto por la víctima.

El fiscal regional de Los Lagos Marcos Emilfork dijo que la sentencia condenatoria fue lograda por el intenso trabajo de investigación del crimen

Mientras tanto, el General Daniel Tapia, director de la Dirección de Investigación Criminal de Carabineros de Chile, destacó lo eficiente de la investigación, que permitió acreditar los hechos, y lograr la condena contra los autores del crimen.

Además de la pena de presidio perpetuo calificado, la más alta que contempla el ordenamiento jurídico chileno, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar su huella genética y su inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.