También se aprobó una reforma constitucional que eleva los requisitos para que los extranjeros puedan votar, aunque comenzará a regir en 2026.
Después de meses de tramitación a tropezones, la Cámara de Diputados despachó a ley dos proyectos electorales clave. Se aprobó la multa por incumplir el voto obligatorio en las elecciones parlamentarias y presidenciales de noviembre y se elevaron los requisitos para que extranjeros avecindados puedan sufragar, modificaciones que comenzará a regir en 2026. Ambos proyectos forman parte del acuerdo que el Gobierno alcanzó en el Senado y debían ser aprobados en conjunto para asegurar los votos oficialistas.
En lo relativo a la multa por no votar, el proyecto fue aprobado con 127 votos a favor, 7 en contra y 11 abstenciones. Pese a los esfuerzos del Gobierno por alinear sus filas, hubo descuelgues en el sector. Entre ellos, los diputados de la bancada Ind.-PPD Jaime Araya, Carlos Bianchi y Camila Musante. Además del voto en contra de los diputados Sebastián Videla (PL), Consuelo Veloso (FA), Matías Ramírez (PC), y Felix González (Partido Ecologista Verde).
El proyecto establece una multa de entre 0,5 y 1,5 UTM ($34 mil a $103 mil) para los ciudadanos. Los extranjeros avecindados mantendrán el derecho a voto; sin embargo, no serán sancionados en caso de no concurrir a las urnas. No correrá la sanción para los ciudadanos que, el día de la elección, se encuentren enfermos, estén ausentes del país o se encuentren en una localidad ubicada a más de doscientos kilómetros del lugar de votación, así como para aquellos con discapacidad, entre otros casos que se consideran eximentes.
En el debate, el jefe de la bancada de diputados Ind.-PPD, Héctor Ulloa, se manifestó contrario al proyecto y acusó que «estamos legislando a última hora y, sobre todo, en un proceso electoral que ya se encuentra en marcha». El legislador criticó que el monto de la multa es muy alto considerando los ingresos de las familias a lo largo del país. Además, cuestionó el discurso de los sectores opositores: «Cuántas veces hemos escuchado a la ultraderecha aquí en esta misma sala decirle a los migrantes y a los extranjeros, los vamos a deportar, los vamos a perseguir, no queremos migrantes que ocupen nuestras salas de clases, no queremos migrantes que ocupen nuestras postas, nuestros consultorios, pero por favor migrantes, quédense a votar el 16 de noviembre».
Una postura diferente planteó el diputado Raúl Leiva (PS), quien señaló que «los compromisos se respetan y se cumplen, y nuestro Gobierno, a través de la ministra de la Secretaría General de la Presidencia, llegó a un acuerdo para poder aprobar esta norma. Y los compromisos en la vida y en política se cumplen. Y por eso, el regular voto obligatorio y una sanción asociada a quienes incumplan en tantos ciudadanos chilenos es un imperativo no sólo constitucional, sino también un mandato ético para quienes prometimos respetar la constitución», manifestando su voto favorable.
Por su parte, el diputado Henry Leal (UDI) planteó que «tenemos que cumplir nuestra obligación constitucional, la que además juramos cumplir cuando asumimos este cargo (…) lo importante es que simplemente cumplamos con la Constitución, que señala que el voto es obligatorio. Y todos sabemos que si no hay multa asignada, no es voto obligatorio».
Elevar los requisitos a los extranjeros La iniciativa que guarda relación con los requisitos para que los extranjeros avecindados en Chile puedan sufragar, fue aprobada por 142 votos a favor y 4 abstenciones. El proyecto aumenta de 5 a 10 años el período de residencia ininterrumpida en Chile para ejercer el derecho a sufragio y regula además el tiempo permitido de salidas del país durante dicho período. En específico, establece que los extranjeros avecindados en Chile por más de diez años ininterrumpidos, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley.
Para estos efectos, los extranjeros sólo se considerarán avecindados a partir del momento en que obtengan un permiso de residencia definitiva. Con todo, durante el período de avecindamiento, no deberán registrar salidas del país por más de noventa días en cualquier período de doce meses. Por otro lado, determina que las modificaciones comenzarán a regir en 2026 y que, antes de su entrada en vigencia, la ley establecerá las multas para quienes incumplan el deber de sufragio.
Fuente: Emol.com