Decreto del Minsal define qué es “contacto estrecho” y permite a mayores de 65 años trasladarse a otra residencia

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Este miércoles se publicó en el Diario Oficial un nuevo decreto del Ministerio de Salud que establece regulaciones en medio de la emergencia sanitaria por el coronavirus.

En el texto se reafirman muchas de las medidas que ya han sido dadas a conocer por las autoridades de Salud –como el uso de mascarillas, cuarentenas y cordones sanitarios–, y también se especifican algunas materias con más detalle.

Se define, por ejemplo, qué es un “contacto estrecho” de un caso confirmado con covid-19, señalando que es “aquella persona que ha estado en contacto con un caso confirmado con Covid-19, entre 2 días antes del inicio de síntomas y 14 días después del inicio de síntomas del enfermo”.

Y que además cumpla una de estas condiciones: haber mantenido más de quince minutos de contacto cara a cara, a menos de un metro; compartido un espacio cerrado por dos horas o más, en lugares como oficinas, trabajos, reuniones, colegios; vivir o pernoctar en el mismo hogar o similares, como hostales, internados, residencias, hogares de ancianos, instituciones cerradas, hoteles; o trasladado en un medio de transporte cerrado a menos de un metro de la persona.

El contacto estrecho debe cumplir medidas de aislamiento por catorce días, al igual como las personas diagnosticadas con covid-19 a través de un test PCR, aquéllas se realizaron el test y aún no han sido notificados del resultado y las personas que ingresen al país desde el extranjero.

Traslado a una residencia distinta de la habitual

Otro de los puntos que aborda el decreto se relaciona con la prohibición de que las personas se desplacen a lugares de residencia distintos a su domicilio particular habitual durante la pandemia.

El texto establece que se exceptúa de esta medida a “las personas mayores de 65 años y los enfermos crónicos”.

Y agrega que, “sin perjuicio de lo anterior, en caso que estas personas decidan permanecer en un lugar de residencia distinto a su domicilio particular habitual, deberán estar en cuarentena por un tiempo indefinido”.

También se hace una excepción con “aquellas personas que no puedan cumplir la cuarentena a la que están mandatadas en su residencia habitual” y con quienes “deben cumplir sus obligaciones laborales en un lugar distinto al de su residencia habitual”.

El decreto también precisa la instrucción de postergar las cirugías electivas “cuyo retraso no signifique un riesgo grave para la salud del paciente”, señalando que se pueden realizar aquéllas que “sean cirugías mayores ambulatorias” o que “sean cirugías cuya hospitalización prevista no exceda de una noche”.

Se establece que estas medidas tendrán carácter indefinido hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.

Fuente: Emol

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