Essal afirma que no habilitación de playa en Puerto Varas es de carácter preventivo

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Essal afirmó que la no habilitación de la playa de Puerto Chico en Puerto Varas es de carácter preventivo, recordando que es el Estado el encargado de velar que existan sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias eficientes

Puerto Varas: Playa de Puerto Chico no fue habilitada por contaminación en Lago Llanquihue

La empresa sanitaria salió al paso de la controversial medida adoptada por la Capitanía de Puerto de la Armada, y la Municipalidad de Puerto Varas, por los presuntos riesgos sanitarios para la población y los turistas que existirían por los episodios de descargas de aguas servidas al Lago Llanquihue.

El gerente general de la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos, Hernán König aclaró que la decisión adoptada obedece a una medida preventiva por parte de las autoridades, ya que los análisis practicados a las aguas del Lago Llanquihue indican que se encontraban aptas para el baño.

König afirmó hay que avanzar con un sentido de urgencia hacia una gestión integral por parte del Estado de las aguas lluvias, dado que las empresas sanitarias no tienen responsabilidad sobre ellas.

König indicó que Essal ha realizado importantes esfuerzos en materia de infraestructura de refuerzo de su estructura sanitaria, que ya totalizan casi un 90% de las obras comprometidas, lo que ha sido valorado por las autoridades y la comunidad

Hernan König dijo que a la fecha han clausurado más de 10 sumideros de aguas lluvias conectados ilegalmente al sistema de recolección de aguas servidas, así como también han enviado más de 200 notificaciones a casas particulares en que se han detectado problemas de conexión, trabajo que ha permitido disminuír los episodios de activación de los aliviaderos de emergencia.

Sin embargo, el gerente general de Essal, afirma que es necesario lograr una gestión integral de aguas lluvias por parte del Estado, y además, generar conciencia en la población sobre el buen uso del alcantarillado.

Cabe consignar que de acuerdo al artículo 1° de la Ley 19.525, corresponde al Estado velar por que en las ciudades y en los centros poblados existan sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias que permitan su fácil escurrimiento y disposición e impidan el daño que ellas puedan causar a las personas, a las viviendas y, en general, a la infraestructura urbana.

Según resoluciones de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las empresas sanitarias quedaron eximidas de toda responsabilidad respecto del manejo, evacuación y drenaje de las aguas lluvias; medida que recaería en el Ministerio de Obras Públicas, a través de la Dirección de Obras Hidráulicas; y en el Serviu.

En el caso de Puerto Varas no existe un plan maestro de manejo de aguas lluvias. Essal indicó que ha demostrado la existencia de numerosas conexiones ilegales desde edificios comerciales, centros de salud e incluso dependencias de servicios públicos, contra los que se interpuso una medida pre judicial ante el Juzgado de Letras Civil de Puerto Varas.

Pero además, según la empresa existen conexiones irregulares desde sumideros de aguas lluvias públicos hacia el sistema de recolección de aguas servidas, a lo que se suma que cuando la ciudad es afectada por temporales, Essal ha detectado que en distintos sectores de la ciudad, se abren las tapas de las cámaras de la red de recolección de aguas servidas, usándolas como mecanismo de control de inundaciones, prácticas que al sobrecargar el sistema de recolección y tratamiento de aguas servidas activan los aliviaderos de tormenta, que descargan aguas servidas al Lago Llanquihue

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