Tribunal Ambiental acogió reclamación de inmobiliarias contra declaración de Humedal Urbano en Puerto Montt

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La Inmobiliaria Pocuro SpA y otras inmobiliarias habían presentado al Tercer Tribunal Ambiental, una reclamación en contra de la resolución del Ministerio del Medio Ambiente, que declaró como Humedal Urbano, el humedal denominado “Mallinko Abtao Lawal”, en la ciudad de Puerto Montt, con una superficie de 93.9 hectáreas.

La inmobiliaria, en su oportunidad, alegó que la ampliación de la superficie inicialmente declarada por la autoridad ambiental, de 21 a 93.9 hectáreas, además de no encontrarse justificada, adolecería de severas fallas metodológicas.

Luego de la revisión de antecedentes, realizados durante la audiencia de alegatos y del análisis de la información disponible en el expediente de la causa, el Tribunal, de manera unánime, resolvió acoger la reclamación por considerar que esta no se ajustó a derecho, así lo informó el ministro Iván Hunter.

 

Sobre los vicios del procedimiento de declaratoria del humedal e indefensión del reclamante, el Tribunal estimó que “se ha producido un vicio esencial del procedimiento que ha impedido a la parte Reclamante ejercer los derechos y garantías que el legislador ha previsto para los interesados en el procedimiento administrativo, considerando especialmente la modificación a la cartografía original y la naturaleza del acto de gravamen que supone el reconocimiento de humedal urbano”.

 

Debido a la existencia de vicios del procedimiento que podrían afectar la información disponible y su ponderación para efectos de la declaratoria, el Tribunal no emitió pronunciamiento acerca de los demás vicios alegados. No obstante, ordenó al Ministerio que en un nuevo proceso de declaratoria considere los criterios establecidos en la sentencia.

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