Los vocales de mesa seleccionados para el próximo plebiscito del 4 de septiembre podrán presentar sus excusas ante el Servicio Electoral (Servel) desde este martes 16 de agosto hasta el próximo jueves 18.
Las causales para excusarse de cumplir con el rol de vocal de mesa están tipificadas en el artículo 49 de la Ley 18.700, las que consideran:
- tener 60 años o más;
- desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM);
- mujeres embarazadas, durante todo el periodo de gestación;
- madre o padre de hijos menores de dos años;
- estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador;
- estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva;
- tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende la Ley 18.700;
- estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancias que deberá ser acreditada con certificado médico;
- o cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las mesas receptoras de sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Los vocales de mesas o miembros de colegios escrutadores que no cumplan con las funciones a las que fueron designados sin presentar excusas previas arriesgan multas que van desde las dos hasta las ocho Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Es decir, montos que van desde los $117.544 hasta los $470.176.
Tras la presentación de excusas, el Servel publicará una segunda nómina de vocales de mesa reemplazantes. De acuerdo a las fechas estipuladas por el ente, esta debería ser dada a conocer el próximo sábado 20 de agosto.
Fuente: ADN