CNTV aprueba regulación para franja del plebiscito y establece que partidos den tiempo a organizaciones civiles

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De cara al plebiscito nacional del próximo 26 de abril, donde los chilenos podrán elegir si “Aprueban” o “Rechazan” una nueva Constitución, el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) aprobó la regulación que regirá la franja televisiva donde se difundirán ambas opciones.

Las normas fueron publicadas este viernes en el Diario Oficial, y allí se señala que la franja televisiva “corresponderá a treinta minutos diarios de transmisiones de propaganda electoral en los canales de televisión de libre recepción, la que deberá dar expresión a las dos opciones contempladas en ambas cédulas del plebiscito, respetando una estricta igualdad de promoción entre ellas”.

Cada opción, tendrá “asignado un tiempo de siete minutos y treinta segundos diarios”, en la franja que será transmitida diariamente y alternadamente entre el 27 de marzo y el 23 de abril próximo, en dos bloques de quince minutos cada uno. Éstos se emitirán entre las 12:45 a 13:00 horas y de 20:45 a 21:00 horas.

¿Quiénes podrán participar?

De acuerdo a la resolución, podrán hacer propaganda electoral en la franja, los partidos políticos que están legalmente constituidos con representación en el Congreso Nacional, así como los parlamentarios independientes. Asimismo, se agrega que “respecto de una misma opción del plebiscito, los partidos políticos podrán participar en la franja por sí solos, conjuntamente con uno o más partidos, con parlamentarios independientes y/o con organizaciones de la sociedad civil. Para dichos efectos deberán constituir un comando”.

Además, los partidos políticos o comandos que participen en la franja deberán “destinar una parte significativa del tiempo que se les asigne, a organizaciones de la sociedad civil que apoyen la misma opción respecto de la cual van a hacer propaganda electoral”.

A partir de hoy y en un plazo de siete días corridos, los presidentes de los partidos políticos legalmente constituidos con representación en el Congreso Nacional y los parlamentarios independientes, deberán manifestar por escrito “su voluntad de participar en la franja”. Especificando la existencia de un acuerdo para constituir uno o más comando, individualizando los parlamentarios que lo integran, sus participantes y “la opción apoyará el o los comandos en al menos una cédula del plebiscito”.

El tiempo que se le dé a cada partido o parlamentario independiente dentro de cada opción, será “en proporción a la votación obtenida en la última elección de diputados”. Con esto, se establece que “si un partido apoya dos opciones de una misma cédula, el Consejo distribuirá el tiempo de conformidad a lo comunicado por su presidente respecto de los parlamentarios que apoyan cada opción plebiscitada, en la proporción antes indicada”.

El inicio de cada propaganda para este plebiscito deberá llevar una identificación del partido político, parlamentario independiente o comando. El orden de aparición de las opciones y los partidos, parlamentarios y comando se determinará por sorteo el primer día y luego se rotará.

Fuente: Emol

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