Educación despachó proyecto que suspende pago de cuotas de créditos de educación superior

301

La Comisión de Educación de la Cámara aprobó, por mayoría, el proyecto que modifica normas legales para suspender el pago de las cuotas de crédito para la educación con ocasión del estado de catástrofe por la pandemia de Covid-19 (boletín 13506).

En la instancia se acordó el cambio del nombre de la moción para que represente mejor su alcance, pues no solo hace referencia al Crédito con Aval de Estado (CAE).

En la sesión participaron el subsecretario de Educación Superior, Juan Eduardo Vargas, junto a la jefa de departamento jurídico, Fernanda Badrie. Tanto por parte del Ejecutivo como de parlamentarios oficialistas se hizo reserva de constitucionalidad de los artículos que conforman el proyecto, por considerar que son materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

Contenido del proyecto

El proyecto modifica las leyes que establecen normas para el financiamiento de estudios de Educación Superior (N° 20.027) y sobre Fondos Solidarios de Crédito Universitario (N° 19.287 y 18.591).

El objetivo es señalar que la obligación de pago de las cuotas de créditos de educación superior podrá ser suspendida total o parcialmente por parte del deudor, durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública y el tiempo en que este sea prorrogado.

Las cuotas suspendidas se agregarán a continuación del término del período original de pago, extendiéndose este por los meses que dure la suspensión. Se señala también que se deberán disponer los medios tecnológicos idóneos, como plataformas online, para que las y los deudores puedan informar a la institución acreedora y a la comisión el hecho de que han decidido acogerse a este beneficio.

Además, la moción suspende la facultad de la Tesorería General de la República por la que retiene la devolución de impuestos a la renta del deudor de crédito, para el año tributario 2021, en virtud de las consecuencias de la pandemia por Covid-19.

Sobre la obligación de pago de las deudas contraídas con bancos o instituciones financieras, en el marco de las líneas de financiamiento a estudiantes para cursar estudios en educación superior, administradas por la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo), o cualquier otra deuda contraída con la finalidad de financiar para sí o para terceros estudios de educación superior, el proyecto señala que también podrá ser suspendida por parte del deudor durante la vigencia del estado de excepción constitucional y el tiempo en que este sea prorrogado.

Subsecretario de Educación Superior

En la instancia, el subsecretario señaló que como ministerio se encuentran preocupados de la situación de deudores y estudiantes, frente a lo que han presentado propuestas que dan soluciones a diferentes problemas que pueden enfrentar, por lo que, a su juicio “un proyecto de ley como este parece innecesario considerando los beneficios que ya existen”.

Señaló que quienes están morosos pueden reprogramar sus deudas; quienes están al día y se encuentran cesantes o viviendo con ingresos del Fondo de Cesantía, pueden suspender el pago de cuotas y quienes aún estudian, pero se han visto afectados económicamente por la crisis, pueden acceder a nuevas postulaciones para financiamiento de sus carreras (toda la información en www.ingresa.cl).

La comisión definió que el proyecto sea informado a la Sala por la diputada Camila Vallejo (PC) y a juicio de la presidenta de la instancia, diputada Camila Rojas (Comunes), la iniciativa no debería seguir un trámite en la comisión de Hacienda. Sin embargo, esto sería algo que los comités parlamentarios podrían modificar.